Artículo 169. Párrafo 7 dice: la copia del presupuesto y de sus modificaciones deberá hallarse a disposición del público a efectos informativos desde su aprobación definitiva hasta la finalización del ejercicio.
Y EN 170 PÁRRAFO “tendrán la consideración de interesados a) los habitantes en el territorio de la respectiva entidad local”
He pedido el presupuesto y no me lo dan y para poderlo examinar no vale con que esté expuesto. Y dice el presupuesto no el resumen de él.
Otra vez se creen que son los dueños pues que sepan que son únicamente gestores y como tal tendrán que dar cuentas de cuanto hagan a sus ciudadanos. Todos darán cuenta unos como responsable máximo y otros como subsidiarios y colaboradores necesarios.
El 21 de de septiembre pedía el presupuesto y no me lo quieren dar o al menos hasta ahora no me lo han comunicado. tengo el el registro nº de entrada 1071 del 21 –IX-2.012
Si se reclama no será al alcalde o al secretario sino con nombre y apellidos pues el responsable es la persona y no el cargo.
Sigo insistiendo que para dar una copia en dos minutos no tienen tiempo,algo vergonzoso. al menos a mi me daría un poco de vergüenza. Siempre dije que se diera de inmediato cuanto se pidiera.
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